freitasbittencourtadvogados@gmail.com
(31) 98710-4232

Pensión alimenticia en el embarazo

21 de May de 2019

Los alimentos gravídicos son alimentos a ser pagados de padres a hijos, fijados solamente en aquellos casos en que el hijo aún no nació, o sea, los alimentos se fijan durante el período gestacional de la mujer. La intención es que ambos padres colaboren con los gastos esenciales derivados del embarazo. Esto es porque el nocicepto -como se llama el feto antes del nacimiento- ya es considerado un sujeto que tiene derechos. Así, los alimentos contribuirán al desarrollo del no nacido, aunque quienes los soliciten sea el genitora.

Por lo tanto, los alimentos gravídicos son valores para cubrir los gastos del período de embarazo y que se derivan de ella, es decir, a pesar del nombre, la acción no exige que la mujer sólo defina valores para cubrir los gastos de alimentación, sino también asistencia médica y psicológica, exámenes complementarios, internaciones, parto, medicamentos y demás prescripciones preventivas y terapéuticas indispensables.

La Ley Federal 11.804 / 08 resguarda a toda mujer el derecho al cobro de los alimentos gravídicos, donde puede proponer acción judicial pleiteando del padre de su hijo los recursos financieros necesarios para el mantenimiento del embarazo hasta el nacimiento del niño, o los alimentos gravídicos, como se conocen. Al proponer una acción para reclamar los alimentos gravídicos, la mujer embarazada debe juntar pruebas contundentes que demuestren la paternidad alegada. Por eso, si la paternidad no es comprobada, además de no tener derecho a los alimentos, la mujer corre el riesgo de sufrir las penas de la ley si quiere simular una paternidad inexistente o intentar engañar a la Justicia.

El criterio para la fijación de los alimentos gravídicos es el mismo para el establecimiento de pensión alimenticia, o sea, serán observadas las efectivas necesidades del no nacido y de la embarazada, así como las condiciones financieras del supuesto padre.

La duración de la prestación de los alimentos gravídicos dura solamente el tiempo de la gestación. Cuando ocurre el nacimiento del hijo, el valor se convertirá en alimentos para él.

Amparo legal: Ley Federal 11.804 / 08

Compartilhar